El reglamento de la normativa que permitirá a un millón de trabajadores consolidar y reacomodar sus créditos fue elaborado por un equipo técnico de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS).
La nueva legislación surge a iniciativa del gobierno del Presidente Juan Orlando Hernández.
Presidente de la República hace entrega del Reglamento de la Ley de Alivio de Deuda a los Trabajadores a Fredy Gómez, presidente de la ANDEPH
Tegucigalpa, 13 noviembre de 2019. Uno de los beneficios que la Ley de Alivio de Deuda de los Trabajadores ofrecerá es que quienes soliciten este beneficio lograrán mejorar su estatus en la Central de Información Crediticia (CIC).
Este record se mejorará tanto por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), como en las dos privadas (TRANSUNION y EQUIFAX), de acuerdo con Dustin Santos, Gerente de Estudios de la CNBS.
Los actores que participan en activación de esta Ley son 4; El empleado deudor (del sector público y privado ya sea permanente o por contrato y jubilados), el Acreedor (entidad a quien se le debe) el empleador (patrono del deudor) y la entidad que brindará la consolidación de la deuda.
Santos, manifestó que además de la garantía que representa la deducción por planilla, también pueden presentar otras, como bienes propiedad del deudor, esto si así lo considera necesario el interesado, dependiendo del monto adeudado que desea consolidad, lo que debe quedar acordado bajo negociación por las partes.
Asimismo, anunció que la CNBS brindará un documento de ayuda, formulado con respuesta a las preguntas más comunes de los trabajadores candidatos a ser acogidos por la nueva normativa.
Al aplicar a la consolidación de deuda los beneficiados recuperarán como saldo disponible un mínimo el 40 por ciento de su salario y la oportunidad al financiamiento de una vivienda propia.
Reglamento ya fue publicado en La Gaceta
La Ley de Alivio de Deuda de los Trabajadores, que consta de 24 artículos fue creada a iniciativa del gobierno del presidente Juan Orlando Hernández para que los empleados públicos y privados puedan consolidar las deudas contraídas con casas comerciales, bancos, institutos previsionales y con prestamistas no bancarios.
La Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) conformó un equipo técnico que trabajó arduamente para elaborar el Reglamento de esta Ley antes del plazo estipulado (30 días).
La nueva legislación contempla que la deducción a los beneficiados se hará por planilla, pero que deben tener claro el monto que desean consolidar (de cuánto es la suma que adeudan), asimismo deben presentar constancia de trabajo y el compromiso del empleador de realizar las deducciones, para luego buscar y presentar esta documentación ante la entidad que mejor alternativas les presenten.
Con respecto a las tasas de interés los trabajadores podrán encontrar ajustes competitivos y flexibles, conociendo a la vez los derechos y obligaciones que esto acarrea.
Central de Información Crediticia
El monto de créditos que presentan algún tipo de atraso, vencimiento o incumplimiento en las condiciones pactados iniciales, según la CNBS hasta el mes de septiembre de 2019 fue de L. 9, 356.1 millones.
La morosidad promedio en todos los bancos del sistema fue del 2.76%, levemente superior al indicador de mora presentado al cierre del año pasado que fue de un 2.28%.
Esta cifra representa de manera aproximada que el 12.2% de los deudores se encuentran en categorías de riesgo abajo de la 1, que es la categoría buena.
Este porcentaje representa que alrededor de 200, 374 deudores con categorías de 2,3, 4 y 5 que aun así podrían aplicar a los beneficios del decreto de consolidación de deuda.
Datos de interés
Esto es más visible en los montos de tarjetas de crédito, pese a que el indicador de mora de los últimos seis años refleja una tendencia hacia la reducción del mismo.