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Comisión Nacional de Bancos y Seguros Designó Administradores Oficiales en BANADESA

En razón de la aprobación del decreto legislativo no.047 -2018 y su interpretación por el Congreso Nacional, los administradores oficiales nombrados, se encargarán de proteger el interés público de los depositantes, preservar el valor de sus activos y mantener la operatividad de BANADESA, en lo que sea procedente, procurando que se brinden los servicios esenciales en esa entidad bancaria estatal.

La CNBS determinó nombrar dos Administradores Oficiales, que estarán 120 días en la institución bancaria, con el objetivo de tutelar el interés público, evaluar la verdadera situación financiera de la Institución y hacer recomendaciones, expresó la presidenta de la CNBS, Ethel Deras.

Los administradores oficiales nombrados, son los señores Roberto Antonio Jerez y Marco Antonio Cano, quienes oficialmente tomaron posesión de sus cargos a partir del 18 de febrero de 2019.

La designación de administradores oficiales en BANADESA, se adoptó con fundamento en los Artículos 115-G y  115 -H de la Ley del Sistema Financiero hondureño, que indican que el objetivo de un administrador oficial es preservar el valor de los activos de la institución y continuar las operaciones que en este proceso sean viables, evaluar la situación actual de la misma, desarrollar y gestionar un plan de acción y finalmente  deberán proponer medidas y recomendaciones que sean viables y factibles.

Deras señaló que no es nada nuevo que BANADESA históricamente ha presentado una situación financiera con deficiencias patrimoniales, generadas tanto por debilidades de carácter administrativo y de gestión, como por la aplicación de seis Decretos Legislativos entre los años 1992 al 2008,  mediante los cuales se condonó obligaciones en su cartera crediticia e intereses, decisiones que  le  impactaron adversamente  en su patrimonio,  situación que se profundizan o agravara con el último Decreto Legislativo  047-2018,  lo que  tornó apremiante la situación de la entidad y obliga a la CNBS adoptar  las  decisiones oportunas para la protección de los depositantes. 

La ley de BANADESA establece que es el Estado es garante de los depósitos del público por su naturaleza de ente estatal, en razón de lo cual se requiere darle un tratamiento diferente, dentro del marco de lo que la ley del Sistema Financiero faculta a la CNBS y siempre respetando los límites que la Constitución de la República establece, en comparación con las medidas o tratamiento que se pueden adoptar en las demás entidades privadas que conforman el Sistema Financiero nacional.

Acciones viables

La CNBS a través de los administradores oficiales actuará hasta donde la ley lo permite, esperando proponer en este periodo, acciones que sean técnicas y financieramente viables, para atender con integralidad al sector agrícola.

A diciembre del 2018 BANADESA registraba una cartera de aproximadamente 18 mil deudores de los cuales el 68 % equivalente a L2,640 millones están en mora, al incluir los fideicomisos esta mora del sector agrícola se incrementa al 72%,  y siendo que con el  Decreto Legislativo 047 – 2018 y su interpretación incluye la dispensa de intereses y entrar en este mecanismo de readecuación y refinanciamiento también la cartera de créditos de los fideicomisos constituidos por el Estado, reflejando un desequilibrio financiero de más 3,000 millones de lempiras como déficit patrimonial de la entidad.

COMUNICADO DEL 18-febrero-2019

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