Preguntas Frecuentes

Si deseas obtener más información sobre la postura regulatoria y de supervisión de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) en materia de innovaciones financieras, contáctate al correo electrónico del Hub de Innovación Financiera:  hubinnovacion@cnbs.gob.hn, y realiza tus consulta, requerimientos de información y/o agenda una reunión de trabajo.

  • ¿Qué es el Hub de Innovación Financiera de Honduras?

    Es un espacio virtual gestionado por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) como un punto de diálogo y consulta para empresarios Fintech; asimismo, tiene como objetivo facilitar el desarrollo de innovaciones financieras y tecnológicas alineadas con los objetivos de regulación.

  • ¿Quiénes pueden participar en el Hub de Innovación Financiera de la CNBS?

    Pueden participar las empresas del sector fintech locales y extranjeras con operaciones en el territorio nacional e instituciones financieras supervisadas y no supervisadas que pretendan lanzar u operen un producto o servicio financiero innovador utilizando los medios tecnológicos.

  • ¿El Hub de Innovación Financiera de la CNBS proporciona licencias de operación a las Fintech?

    No, el HubCNBS no otorga licencias, permisos o certificaciones de operación o autorización a fintech, ni entidades financieras supervisadas o no supervisadas.

  • ¿Tiene un costo económico solicitar información o colaboración al Hub de Innovación Financiera de la CNBS?

    No, los servicios de información, guías y acompañamiento al sector fintech, entidades financieras y otros interesados en las innovaciones financieras, es completamente gratuito.

  • ¿Qué es Fintech?

    De acuerdo con el Banco Internacional de Pagos (BIS, por sus siglas en inglés), el acrónimo “Fintech” se refiere a la innovación habilitada por la tecnología en los servicios financieros, actividades que emplean la innovación y el desarrollo tecnológico para el diseño, oferta y prestación de productos y servicios financieros, mismos que están transformando al sector financiero y la economía en general.

  • ¿De qué forman ofrecen servicios las Fintech?

    Las entidades Fintech ofrecen sus servicios a través de diversas plataformas digitales como páginas de internet, redes sociales, aplicaciones para celulares, interfaces o cualquier otro medio electrónico.

  • ¿En Honduras existe una regulación Fintech?

    Particularmente existe una regulación para el segmento de pagos y transferencias, como es: 1) El Reglamento para los Servicios de Pagos y Transferencias Utilizando Dinero Electrónico (Acuerdo 012-2022), 2) el Reglamento para los Servicios Ofrecidos por las Entidades Proveedoras de Servicios de Pagos Electrónicos (Acuerdo 013-2022), y 3) La Norma de Supervisión de las Entidades no Bancarias que Brindan Servicios de Pago Utilizando Dinero Electrónico (Actualmente en reforma).

    No obstante, se carece de una Ley Fintech sobre todos los segmentos que operan en el territorio nacional, debido a el sector fintech en el país se encuentra en un proceso de estructuración y crecimiento comercial y no alcanza una interconectividad sistémica con el sector financiero que pueda constituir la materialización de riesgos considerables sobre la estabilidad financiera.

  • ¿Existe coordinación entre la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) y el Banco Central de Honduras (BCH) para el abordaje regulatorio del sector Fintech?

    Si, actualmente ambas Instituciones trabajan conjuntamente con las instituciones supervisadas, empresas fintech y otros agentes del sector público y privado, local e internacional en generar espacios de trabajo y discusión conjunta a fin de definir la idoneidad regulatoria y de supervisión, entre esos espacios, es la Mesa de Innovación Financiera (MIF).

  • ¿Quién autoriza la creación y funcionamiento de las Fintech en el país?

    “Desde el 2019, la CNBS en conjunto con BCH, realizan el acompañamiento al sector fintech del país, y la regulación vigente se concentra sobre las actividades de la línea de pagos y transferencias; en el caso del Dinero Electrónico, el BCH mantiene vigente el “Reglamento para los Servicios de Pagos y Transferencias, Utilizando Dinero Electrónico”, anteriormente, Reglamento Instituciones No Bancarias de Dinero Electrónico (INDEL ) – ( 2016), que en la actualidad regula la organización, operación y funcionamiento que deben observar las personas jurídicas que brinden en el territorio nacional, servicios de pagos y transferencias utilizando dinero electrónico.

    Así mismo, en agosto 2022, se creó el “Reglamento para los Servicios Ofrecidos por las Entidades Proveedoras de Servicios de Pagos Electrónicos”, dónde el BCH crea el Registro de inscripción para todas aquellas plataformas tecnológicas que proporcionen servicios de pagos y transferencias electrónicas en el territorio nacional, este último es para otorgar una certificación de inscripción y no implica una licencia de autorización.”

  • ¿Cómo la CNBS supervisa al sector Fintech?

    En 2016, la CNBS emitió las “Normas para la Supervisión de las Instituciones No Bancarias que brindan Servicios de Pagos Utilizando Dinero Electrónico” no obstante, estas se mantienen en proceso de reforma, dirigiendo la supervisión hacía la actividad y no a la institución propiamente, así como ampliando su alcance, anteriormente centrado sobre las Instituciones no Bancarias de propósito exclusivo y en la actualidad a Instituciones Financieras.

  • ¿Qué verticales Fintech existen en Honduras?

    En Honduras existen entre 25 a 35 empresas, distribuidas en los segmentos de

    I) pagos y transferencias;

    II)  Gestión de finanzas empresariales;

    III) insurtech;

    IV) blockchain y criptoactivos;

    V) buró de créditos, puntaje crediticios, identidad digital; entre otros.

  • ¿En qué se diferencias los servicios ofrecidos por las Fintech de los servicios financieros tradicionales?

    “La principal diferencia es el uso y aplicación de tecnología en los servicios financieros, lo que permite ofrecer éstos de una manera ágil y dinámica, incluso sin contar con presencia física de una sucursal, dirigido también para aquellos, por ejemplo, que viven en lugares apartados donde es difícil tener acceso a un esquema tradicional.

    Las Fintech también se diferencian de las “Techfin” en el sentido que las primeras se refieren al uso de nuevas tecnologías y servicios normalmente afuera del sistema financiero tradicional.”

  • ¿Cuál es el papel de las Fintech en el sistema financiero?

    Las Fintech juegan un papel determinante por su complementariedad e innovación aportados al desarrollo de los mercados financieros, esto permite a los actores del mercado acceder a productos y servicios de una manera ágil, rápida e innovadora.

  • ¿Cómo fomentan las Fintech la inclusión financiera?

    Las Fintech se han posicionado como una nueva alternativa a bajo costo, dirigidas a atender las necesidades de la población, incluso de los más vulnerables. Se han convertido en un actor fundamental para la inclusión financiera atendiendo clientes no bancarizados o sub bancarizados.

  • ¿Sustituirán las Fintech a la banca tradicional?

    La tendencia a nivel internacional es una creciente sinergia entre la banca tradicional y las Fintech, en Honduras existen diversos acuerdos entre las iniciativas Fintech e Instituciones Financieras tradicionales.

  • ¿Qué oportunidades ofrecen las Fintech para desarrollar un mercado único digital de servicios financieros?

    “El fenómeno Fintech facilita la demanda y la oferta de servicios financieros dentro del país y la región, por lo que sin duda contribuye a desarrollar un mercado único digital. En este nuevo ecosistema Fintech, del que forman parte tanto nuevas empresas muy ágiles, empresas tecnológicas y bancos, así como reguladores y supervisores, es necesario un diálogo continuo entre todas las partes. Por ello, la creación de Centros de Innovación, es una buena oportunidad para fomentar alianzas y sinergias.

    Asimismo, las Fintech suponen una oportunidad para que Honduras y la región escalen a través de modelos de negocio innovadores, entre otros, transfronterizos o basados en datos. Además, favorece la democratización de una oferta conveniente para los clientes, la mejora de la eficiencia y nuevas tecnologías para combatir el fraude.”

  • Qué retos enfrentan las Fintech en Honduras?

    “En primer lugar, crear un ecosistema en el que los participantes de varios modelos de negocio puedan cooperar de manera equilibrada y segura. Además, es conveniente homogeneizar regulaciones nacionales mediante un marco regulatorio armonizado, que permita recoger los beneficios de nuevas tecnologías, como por ejemplo la computación en la nube, API’s, inteligencia artificial, entre otros y al mismo tiempo asegurar la ciberseguridad, protección del usuario financiero y aspectos relacionados a lavado de activos y financiamiento al terrorismo, lo anterior a partir de la adopción de mejores prácticas y estándares internacionales.

    Asimismo, las Fintech deben de considerar:

    Ganar confianza y seguridad: el usuario financiero apuesta por este tipo de soluciones, además de ser clave para los inversionistas.
    Romper paradigma: las Fintech deben de ser consideradas como aliados estratégicos de la Banca y no como competidores.
    Inclusión financiera: hacer llegar el producto financiero a aquellos usuarios que se encuentran fuera del sistema.”

  • ¿Es legal el uso del BITCOIN en Honduras?

    “La postura oficial sobre la utilización de una moneda digital/criptomoneda o cualquier otro activo virtual utilizado como medio de pago, corresponde exclusivamente al Banco Central de Honduras (BCH), como rector de la política monetaria.

    No obstante, desde el 2018, el BCH ha realizado cinco comunicados oficiales, dónde aclara al público en general que el Bitcoin, Etherum, Litecoin y otros similares no cuentan con el respaldo del BCH, por tanto, no regula, ni garantiza su uso y por consiguiente no gozan de la protección legal que le otorga las leyes de Honduras en materia de sistemas de pagos; por tanto, cualquier transacción que se efectué con este tipo de monedas o activos virtuales, es responsabilidad y riesgo de quien lo realice.”

  • ¿Qué es una Billetera Electrónica?

    De acuerdo con la regulación local, constituye un registro de transacciones tramitadas en la base de datos de una INDEL o sea una Institución No Bancaria que brinda servicios a través de Dinero Electrónico, de las Instituciones Financieras o Cooperativas de Ahorro y Crédito, que permite a los usuarios realizar transacciones con dinero electrónico mediante el uso de dispositivos de pago electrónico o magnéticos distintos al móvil. Parece que no se incluye a los dispositivos móviles.

  • ¿Qué es el Dinero Electrónico?

    “De acuerdo con la regulación local, es un valor monetario exigible a las entidades que tiene alcance de proveerlo, como son Instituciones Financieras, Cooperativas de Ahorro y Crédito e Instituciones no Bancarias de Dinero Electrónico, y que debe cumplir con siete características:

    1. Almacenado en una billetera electrónica;
    2. Aceptado como medio de pago por personas naturales y jurídicas;
    3. Emitido por un valor igual a los fondos requeridos;
    4. Convertible en efectivo en cualquier momento;
    5. No constituye un depósito;
    6. No genera intereses; y,
    7. Esta registrado en los pasivos de una INDEL, de las Instituciones Financieras o Cooperativas de Ahorro y Crédito.”